La joven Alexa Torres denunció en 2016 era coordinadora de la pastoral social juvenil de la parroquia San José de Limpio. Ese año denunció a cura Silvestre Olmedo por acoso sexual. Tras el hecho, buscó refugio y respuestas por parte de la iglesia católica. Pero el representante de la institución religiosa, Monseñor Edmundo Valenzuela, envió una carta pidiendo “no hacer de una piedrita, una montaña”. Con ese mensaje, la Iglesia tomó una postura cómplice con el agresor. Alexa recurrió al sistema judicial paraguayo acompañada por la Fiscalía y el Consultorio Jurídico Feminista. Sufrió un extenuarte proceso judicial de 6 años que incluyen dos juicios, dos anulaciones de sentencias y una infinidad de barreras procesales en las que se evidencian las artimañas de la defensa y la desidia judicial respeto a la inactividad procesal. Hoy, seguimos aquí para ayudarla.
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Caso Alexa Torres ¿Dónde está la justicia? La joven Alexa Torres denunció en 2016 al cura Silvestre Olmedo por acoso sexual. Ella era coordinadora de la pastoral social juvenil de la parroquia San José de Limpio y tras el hecho buscó refugio y respuestas por parte de la iglesia católica. Pero su representante, Monseñor Edmundo Valenzuela, envió una carta pidiendo “no hacer de una piedrita, una montaña”. Con ese mensaje, la Iglesia tomó una postura cómplice con el agresor. Alexa recurrió al sistema judicial paraguayo acompañada por la Fiscalía y el Consultorio Jurídico Feminista. Sufrió un extenuante proceso judicial de 6 años que incluyen dos juicios, dos anulaciones de sentencias y una infinidad de barreras procesales en las que se evidencian las artimañas de la defensa y la desidia judicial respeto a la inactividad procesal. Hoy, seguimos aquí para ayudarla. Previous Next Conocé los detalles de esta causa llevada por el Consultorio Jurídico Feminista Cronología del proceso judicial Un caso que importa Noticias, contenido y publicaciones sobre el caso Alexa Torres Ir a noticias y contenido
Violencia de género en la justicia paraguaya Paraguay tiene una deuda histórica con las mujeres víctimas de violencia de género. La falta de sensibilidad, estructura y presupuesto en las instituciones estatales dificulta el acceso a la justicia y a la protección que necesitan para superar la violencia. Un informe del Consultorio Jurídico Feminista desglosa cuáles son las principales falencias en el sistema paraguayo para atender y ayudar a las víctimas. Violencia Sexual en cifras En Paraguay 78,5% de las mujeres mayores de edad han sufrido algún tipo de violencia al menos una vez en su vida [1] 0 % Mujeres mayores de edadque han sufrido violencia al menos una vez en su vida De esta cifra se manifestó que: 0 % 60,9% sufrió violencia sexual en algún momento de su vida. 0 % 25,1% sufrió violencia sexual en los últimos 12 meses. Fuente: Encuesta Nacional sobre la Situación de las Mujeres en Paraguay (ENSIMUP) del Instituto Nacional de Estadísticas (INE), 2021. Denuncias por Violencia Sexual (Desliza a los costados para ver en tu celular) Fuente: Elaborado por el Consultorio Jurídico Feminista a partir de datos proporcionados por el Ministerio Público y el Poder Judicial [2] Perspectiva de Género 35% de jueces y juezas reconocieron que desempeñan sus funciones sin perspectiva de género, según una encuesta realizada por el propio Poder Judicial en el año 2012.[4] Esta misma investigación entrevistó a mujeres que habían sufrido acoso sexual en el ámbito laboral y muchas expresaron que no formularon denuncias porque consideraban que no iban a ser tomadas en cuenta [5] Los estereotipos de género en el trato a las mujeres denunciantes desalientan a las mismas, así como la falta de equipos especializados de apoyo (psicólogas, trabajadoras sociales) y las dificultades para acceder a la justicia [6] 35% de jueces y juezas reconocieron que desempeñan sus funciones sin perspectiva de género, según una encuesta realizada por el propio Poder Judicial en el año 2012.[4] Esta misma investigación entrevistó a mujeres que habían sufrido acoso sexual en el ámbito laboral y muchas expresaron que no formularon denuncias porque consideraban que no iban a ser tomadas en cuenta [5] Los estereotipos de género en el trato a las mujeres denunciantes desalientan a las mismas, así como la falta de equipos especializados de apoyo (psicólogas, trabajadoras sociales) y las dificultades para acceder a la justicia [6] Fuentes [1] Información disponible en línea: El INE recopila datos sobre Violencia contra la Mujer [2] Datos proporcionados por el Ministerio Público por Acceso a la Información Pública. [3] Kuña Róga et. al., Rompiendo el ciclo. Diagnóstico sobre violencia basada en género en los departamentos del sur de Paraguay, Encarnación: Kuña Róga, 2023, pp. 54-55. [4] Mongelós, Tannya (2015). Paraguay la reproducción de las desigualdades de género en los fueros laborales. Igualdad que produce desigualdad. CLACSO, Buenos Aires, pág.15. Disponible en línea [5] Mongelós, Tannya (2015). Paraguay la reproducción de las desigualdades de género en los fueros laborales. Igualdad que produce desigualdad. CLACSO, Buenos Aires, pag. 21. Disponible en línea [6] Kuña Róga et. al., Rompiendo el ciclo. Diagnóstico sobre violencia basada en género en los departamentos del sur de Paraguay, Encarnación: Kuña Róga, 2023, pp. 20-22, 46. [1] Información disponible en línea: El INE recopila datos sobre Violencia contra la Mujer [2] Datos proporcionados por el Ministerio Público por Acceso a la Información Pública. [3] Kuña Róga et. al., Rompiendo el ciclo. Diagnóstico sobre violencia basada en género en los departamentos del sur de Paraguay, Encarnación: Kuña Róga, 2023, pp. 54-55. [4] Mongelós, Tannya (2015). Paraguay la reproducción de las desigualdades de género en los fueros laborales. Igualdad que produce desigualdad. CLACSO, Buenos Aires, pág.15. Disponible en línea [5] Mongelós, Tannya (2015). Paraguay la reproducción de las desigualdades de género en los fueros laborales. Igualdad que produce desigualdad. CLACSO, Buenos Aires, pag. 21. Disponible en línea [6] Kuña Róga et. al., Rompiendo el ciclo. Diagnóstico sobre violencia basada en género en los departamentos del sur de Paraguay, Encarnación: Kuña Róga, 2023, pp. 20-22, 46.
#AlexaNoEstaSola. Se hizo justicia
El pasado 5 de noviembre de 2021 finalizó el juicio oral y público contra Silvestre Olmedo, sacerdote que en el año 2016 acosó sexualmente a Alexa Torres. Compartimos algunos aspectos relevantes de la sentencia: El Tribunal de Sentencias, conformado por Juan Carlos Rocholl como Presidente e integrado por Gladys Bernal y Fátima Rojas, por unanimidad tuvo por probado los hechos y la configuración de acoso sexual y por tanto condenó a Silvestre Olmedo a 1 año de pena privativa de libertad con suspensión de la ejecución de la condena. Resaltamos más abajo extractos relevantes de la sentencia: Con relación a la existencia del hecho punible, el Tribunal consideró que el mismo existió. “ha quedado plenamente demostrado, fuera de toda duda razonable que el hecho punible existió. Los actos impropios de carácter indiscutiblemente sexuales (toqueteos en zonas erógenas) que sin lugar a dudas tiene la potencialidad de alterar la incolumnidad sexual de la víctima, aprovechándose de la potencial posición de autoridad e influencia que confieren sus funciones de sacerdote católico con relación a una mujer de iglesia”. Sobre la autoridad o influencia que confieren sus funciones, uno de los requisitos de la norma penal, señaló que era innegable su existencia. “Tenemos la plena convicción de que la relación de autoridad o influencia que exige la norma penal, no se limita a escenarios de estricta formalidad objetiva, sino a cualquier relacionamiento entre víctima agresor que se pueda dar en ambientes de sujección real, más aún en escenarios especialmente abonados por criterios de espiritualidad que en ocasiones como la que se ha dado en este caso, el agresor ejerce influencia directa sobre la víctima por su posición de sacerdote y guía espiritual. UN SACERDOTE ES UN GUIA ESPIRITUAL DE UNA PERSONA CREYENTE, POR ENDE EJERCE INFLUENCIA EN ELLA, EN MUCHAS OCASIONES LOS SACERDOTES SON CLAVES PARA EVITAR DESBARAJUSTES PSICOLÓGICOS DE SUS FIELES…NO SE PUEDE PRETENDER NEGAR INFLUENCIA”. (mayúsculas en el original) Sobre el hostigamiento con fines sexuales estableció que no es necesaria la reiteración y que manosear los senos tiene una clara connotación sexual. “En cuanto al hostigamiento, es la insistencia que no necesita ser habitual o repetitiva, se puede insistir más de una vez en un mismo acto; una conducta desaprobada que no cesa inmediatamente se convierte en una acción continuada que revela hostigamiento. Poner la mano en los senos y apretar es una invasión de libertad de otro, más aún ante una desaprobación activa o pasiva, ya es continua y cada centímetro de recorrido la hace insistente…es HOSTIGAMIENTO” (mayúsculas en el original). Las zonas erógenas son aquellas que por su sensibilidad provocan sensaciones de placer al ser estimuladas, dado que en aquellas se acumulan muchas terminaciones nerviosas; en la mujer, los senos son zonas erógenas y eso es ciencia; invadir una zona erógena es un acto con finalidad sexual…eso es ciencia”. El Tribunal consideró que en un Estado laico no se puede desconocer el contexto en que ocurrió el hecho y que la sanción constituye un mensaje del Estado para este tipo de conductas. “Como juzgadores independientes e imparciales en un estado social de derecho y laico por mandato constitucional, a lo largo de este juicio oral y público desarrollado con estricto apego a las garantías del debido proceso, hemos alcanzado la convicción plena e inequívoca de que el hecho atribuido al hoy acusado SILVESTRE OLMEDO existió y que el mismo fue quien lo cometió”. (mayúsculas en el original). …Somos conscientes de que estamos en un Estado laico porque así lo dispone la Carta Magna, sin embargo en el ejercicio de la sana crítica no podemos abstraernos de todos los detalles que rodean el hecho, y en esa inteligencia entendemos que el estado debe ser garante del respeto irrestricto al orden público y la seguridad de todos los habitantes de la República, en consecuencia, entendemos pertinente ejercer el rol sancionador que nos otorga el derecho para exteriorizar un efecto disuasivo de este tipo de inconductas que tanto daño general en las víctimas que vivenciaron acontecimientos penosos como el ventilado en este juicio, que incluso propician potenciales re victimizaciones. El derecho debe ser ejemplificador y dar señales claras que desalienten la comisión de hechos punibles de esta naturaleza, más aún cuando son cometidos por quienes en creencia son llamados a ser modelos de conducta y de vida y generan efectos devastadores para su propia iglesia, esto fluye abiertamente de la actual oleada de repudio social existente en todo el mundo y que guardan estricta relación con hechos como el que hoy alcanzó esta sentencia condenatoria. Como tribunal colegiado de sentencia, estamos convencidos que la decisión tomada constituirá sin lugar a dudas un elemento dinamizador para desalentar este tipo de acciones delictuales arraigadas en escenarios que deberían ser de paz y cordialidad. La ley es dura pero es la ley y alcanza a todos. En la medición de la pena el Tribunal consideró como un elemento en contra del acusado el hecho de no haber mostrado arrepentimiento en ningún momento “Bases de la medición de la pena …La conducta posterior a la realización del hecho y en especial los esfuerzos por reparar los daños y reconciliarse con la víctima, el mismo en ningún momento trató de reconciliarse con la víctima y tampoco demostró arrepentimiento por los hechos cometidos, es más durante la propia audiencia oral y pública negó el hecho (en contra)”. El texto íntegro de la sentencia puede descargarse aquí:
El 10 de agosto del 2020 el Tribunal de Sentencia conformado por las juezas Letizia De Gásperi, Dina Marchuk y Hugo Segovia por mayoría absolvió al sacerdote Silvestre Olmedo de acoso sexual. En la vergonzosa sentencia, entre otras cosas se argumentó que un solo manoseo no es acoso, que Olmedo no tenía ninguna influencia sobre Alexa y que no hubo aprovechamiento de tal situación. Esta sentencia no sólo le negó justicia a Alexa sino envió a toda la sociedad -y a las mujeres en particular- el mensaje de que sus derechos no serán protegidos. Hoy, un año después, y a partir de la presentación de una apelación, esta sentencia fue anulada en diciembre del año pasado por Acuerdo y Sentencia 232. Luego de la anulación, la defensa presentó un recurso de casación con el único fin de dilatar el proceso, este recurso fue rechazado por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. En este momento se ha conformado un nuevo tribunal de sentencia, que deberá fijar una nueva fecha de juicio oral y público, el mismo está integrado por Juan Carlos Rocholl como Presidente y tiene como integrantes a Gladys Carolina Bernal y Fátima Soledad Rojas. En ese sentido estamos sumamente preocupadas por la excesiva demora en fijar la fecha. Esta demora significa un peligro de extinción de la causa sin que el proceso culmine. Desde el Consultorio Jurídico Feminista instamos al Tribunal de Sentencia de manera a que fije sin mayores demoras la nueva fecha del juicio. Así también hacemos un llamado a las organizaciones y personas a seguir apoyando a Alexa en su firme decisión de seguir buscando justicia, el apoyo ha sido crucial para sostener el proceso y además es una forma de reparación ante la injusticia padecida desde hace un año en que se absolvió al sacerdote y más de cinco años de formular la denuncia También comunicamos que desde el Consultorio seguimos llevando la querella adhesiva a través de nuestras compañeras abogadas María José Durán Leite y Mirta Moragas #AlexaNoEstaSola #JusticiaParaAlexa
Se publicó recientemente el libro «Vivências de mulheres no tempo e espaço da pandemia de Covid-19. Perspectivas transnacionais» (Vivencias de mujeres en el tiempo y espacio de la pandemia de Covid-19. Perspectivas transnacionales), bajo la organización de Georgiane Garabely Heil Vázquez, Joseli María Silva y Karina Janz Woitowicz y la Editora CRV (Curitiba – Brasil). Entre los artículos se encuentra: «Acceso a la justicia para las mujeres y control social en tiempos de Covid-19 en Paraguay» de Mirta Moragas Mereles que presenta y analiza nuestras experiencias desde el Consultorio Jurídico Feminista en el contexto de la pandemia. El libro completo está disponible aquí
Queremos compartir con todxs estas 17 páginas donde plasmamos nuestro origen como consultorio jurídico, nuestro propósito, y nuestra idea de imaginar y hacer justicia feminista, el componente de honestidad imprescindible para la relación entre las mujeres asesoradas y las que orientan en materia jurídica, de ciencias sociales o de comunicación 💜
Un caso que importa Noticias, contenido y publicaciones sobre el caso Alexa Torres Últimas Noticias All Noticias del Caso Alexa Caso Alexa Torres: ¿Dónde está la justicia? La joven Alexa Torres denunció en 2016 era coordinadora de la pastoral social juvenil de la parroquia San José de… Leer más Cargar más Final del contenido. ¡Mirá estos videos sobre el caso! Play Play Play Previous Next
Caso Alexa Torres, ¿dónde está la justicia? La joven Alexa Torres denunció en 2016 al cura Silvestre Olmedo por acoso sexual. Ella era coordinadora de la pastoral social juvenil de la parroquia San José de Limpio y tras el hecho buscó refugio y respuestas por parte de la iglesia católica. Pero su representante, Monseñor Edmundo Valenzuela, envió una carta pidiendo “no hacer de una piedrita, una montaña”. Con ese mensaje, la Iglesia tomó una postura cómplice con el agresor.Click HereAlexa recurrió al sistema judicial paraguayo acompañada por la Fiscalía y el Consultorio Jurídico Feminista. Sufrió un extenuarte proceso judicial de 6 años que incluyen dos juicios, dos anulaciones de sentencias y una infinidad de barreras procesales en las que se evidencian las artimañas de la defensa y la desidia judicial respeto a la inactividad procesal. Hoy, seguimos aquí para ayudarla.Click Here Previous slide Next slide
No es común que los casos de acoso sexual lleguen a instancias de juicio oral.Las complejidades probatorias, la revictimización, la falta de redes de apoyo y sobre todo, la falta de acceso a la justicia son solo algunos de los elementos que desalientan a las mujeres a recurrir a la justicia. En búsqueda de justicia, Alexa Torres tuvo que pasar 6 años, dos juicios, dos nulidades e infinidad de artimañas y barreras procesales de un sistema de justicia patriarcal y un Estado cómplice. Es fundamental subrayar las violencias de una estructura judicial que juzga desde los estereotipos de género y muestra una total negligencia en los plazos de inactividad procesal. Con este tipo de casos, se evidencia la carencia de protocolos para juzgar a un integrante de una institución de poder como lo es la Iglesia Católica. La misma también actuó de manera cómplice, encubriendo y minimizando el acoso. El Estado debe velar por la igualdad de condiciones para llevar adelante casos como estos. A pesar de las grandes movilizaciones sociales espontáneas que se dieron como reacción a los hechos, la impunidad envió un mensaje de tolerancia social, por lo que hacer justicia en este caso es para Alexa, pero también es para todas las mujeres que sufren o han sufrido violencia sexual. Es por ello que el Consultorio Jurídico Feminista recurre al Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW), con la esperanza de lograr un dictamen para que el Estado reconozca que el hecho ocurrió y que las formas de juzgamiento perjudicaron el acceso a la justicia de Alexa Torres y con ello, a futuras denuncias de casos de violencia de género. Con este reconocimiento se esperan acciones por parte del Estado para cambiar esta situación y para que se establezcan medidas de reparación.